domingo, 17 de marzo de 2013

Críticas a la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género


Hoy me voy a meter en un “jardín” del que, posiblemente, no salga bien parada a ojos de la mayoría. No obstante, no encuentro más motivo para no hacerlo que el miedo al famoso “qué dirán”. Calibrado en su justa medida, es un riesgo bastante pequeño, ya que la difusión de este blog no es precisamente apabullante. Pero aunque así fuera, aunque tuviera la certeza de que mis palabras serían leídas por muchas personas, mi elección no sería diferente. En la primera de sus entradas, hace ya algunos meses, asenté la base fundamental del mismo: ser mi lugar sagrado. La única condición que me impuse para hacerlo, la única que me obligaría cada vez que me pusiera a escribir, sería ser sincera conmigo misma y con lo que pensaba, fueran cuales fueran las consecuencias que conllevara esa sinceridad. No queda, pues, más opción que ser coherente y cumplir aquello que me prometí.

 

El delicado tema que ronda mi cabeza desde hace algunas semanas surgió a consecuencia de las declaraciones que Toni Cantó, actual Diputado del Congreso por UPyD, hizo sobre la comúnmente llamada “Ley de Violencia de Género”. El señor Cantó publico ciertos datos en su cuenta de Twitter sobre las denuncias falsas que se producen en este ámbito. Datos que, desgraciadamente, no estaban contrastados y que, posteriormente, fueron refutados por los organismos oficiales correspondientes. Obviamente, y como era de esperar en este país, se armó un revuelo de aúpa, pidiendo su cabeza y su dimisión. Cantó no tardó en retractarse y pedir perdón por los datos denunciados, entonando el mea culpa por su ingenuidad al no contrastarlos. No obstante, fiel a su manera de pensar, subrayó que la citada Ley es ineficaz y desacertada, exhortando a las autoridades competentes a estudiar su reforma inmediata.

 

Se ha hablado mucho sobre la ausencia de veracidad de esos datos. Básicamente, creo que es de lo único que se ha hablado a raíz de esas declaraciones. Las múltiples asociaciones feministas, y las nombro especialmente por la parte que les toca, no han hecho comentarios sobre ningún aspecto más de esta polémica. Y lo cierto es que no solamente los hay, sino que son mucho más importantes. Coincido en que uno, sobre todo en temas sensibles, debe andar con pies de plomo a la hora de airear datos. Pero dado el caso concreto, no me parece una equivocación significativa. Es más, diría que incluso ofrece una buena oportunidad para poner en primera plana un tema que para estas asociaciones debería ser de capital importancia. Y digo correctamente debería porque después de ver como se limitan a insultar y pedir dimisiones como si de políticos se tratasen, en lugar de aprovechar la coyuntura para avanzar en sus nobles propósitos, tengo la fundada sospecha de que se han acomodado en la manera fácil de hacer las cosas. Una manera muy famosa, desde luego, y bastante frecuentada, pero que apenas te permite avanzar en tus propósitos.

 

Un buen sablazo al problema de la violencia de género habría sido dar un paso al frente y decir “bien, señores, no hay tantas denuncias falsas como ha manifestado el señor Cantó. Pero puesto que las hay, ¿qué medidas legales se usan para detectarlas?” Claro que habría sido una pregunta tan incómoda de contestar como de formular, porque esas asociaciones saben, o deberían saber, la misma verdad que se yo: no se han previsto medidas para eso. La realidad es que en este tema, una mujer puede ir a cualquier comisaría o dependencia policial y denunciar que su expareja o pareja actual ha ejercido cualquier tipo de violencia sobre ella, y la consecuencia inmediata es que ese sujeto va a pasar una noche en el calabozo. Como mujer, puede ser una medida muy tranquilizadora, pero como jurista, me preocupa bastante. Me apostaría un brazo a que la mayoría de los que estudiamos Derecho hemos sufrido un tremendo shock cuando, en nuestra primera clase de Derecho Penal, el profesor de turno nos soltó la lapidaria frase de “El Derecho Penal no sólo protege a la víctima, sino también al delincuente”. Pasado el trauma inicial, uno va comprendiendo que hay un largo camino desde la denuncia hasta la sentencia, y que establecer unas garantías determinadas es lo más acertado para que las cárceles no estén a rebosar de personas inocentes. Aún así, las hay. Los jueces no son infalibles, ni los medios de prueba incontestables. No obstante, habría muchos más de no existir estas garantías. Por eso, después de que uno se meta esa frase y sus lógicas consecuencias en la cabeza, choca encontrarse con un delito que la incumple de manera flagrante y, para colmo, legal.

 

Un segundo aspecto a resaltar de estos procesos es, además de la absoluta veracidad que se da a la declaración de la víctima, aunque no haya ninguna otra prueba que la apoye, la anulación del principio “in dubio pro reo”. Este principio obliga a que, en caso de duda, el juez dictamine a favor del imputado. Menos en este ámbito, que en caso de duda, no se va a optar por la versión de la víctima. Y sigo diciendo que no me parece mal como mujer, pero que una vez más, la jurista que hay en mí se revela. Y en este punto, lo hace apoyándose en otra lección aprendida: la seguridad jurídica. ¿Por qué este proceso permite que todos los principios fundamentales del Derecho Penal se vulneren? Justo éste. Ni el asesinato, ni la violación, ni el homicidio, ni la explotación sexual. Hay una lista enorme de delitos que, sintiéndolo en el alma por aquellas mujeres que de verdad son víctimas de delitos de violencia de género, me parecen bastante más graves. Porque, usando la fría lógica, el que maltrata de cualquier forma a la mujer con la que mantiene una relación, lo hará sólo con ella. En número considerable de casos, tendrá dos o tres víctimas más a lo sumo. Pero lo normal en este tipo de delincuentes es que no tengan un número alto de víctimas. Pero el que viola, el que asesina, el que explota sexualmente a personas, no es delincuente de una víctima, ni de tres, ni de cinco. La regla general es que tendrá una larga lista de víctimas, tan larga como su vida o como su tiempo en libertad, dependiendo de lo que termine antes. Viven para eso, ese es el gran objetivo de sus vidas. Los agresores de género, normalmente, se ceban en una sola víctima, que les ha permitido tener ese poder sobre ellas. Y por eso, si se revela, si tardíamente muestra resistencia, intenta acabar con su vida. Entonces, y sólo entonces, busca una nueva persona con la que desempeñar el rol dominador que le hace sentirse quien es.

 

Esto no quiere decir, de ninguna manera, que los sujetos que maltratan a mujeres me parezcan menos delincuentes que los otros. Todos, del primero al último, forman parte de lo más despreciable del planeta. Pero, en mi particular barómetro, no son lo más despreciable. Por eso, no entiendo que se quiebren principios tan importantes para este caso concreto y no, por ejemplo, para los casos de abusos de menores. Desde mi punto de vista, no hay nada más atroz que abusar sexualmente de un niño. La sola idea de que una criatura inocente y sensible sea marcada de por vida por semejante humillación y atropello me revuelve el estómago. En este caso, la fría lógica a la que recurría antes se me nubla, y sólo me da, con mucho esfuerzo, para buscar todos los resquicios legales que me permitan aplastar a semejante monstruo bajo el contundente peso de la ley. Peso que, si se permite, aplasta sin remedio. Sólo en caso de que no sucediera así, renegaría de todo principio legal y moral para ajusticiar a estos monstruos de la única manera que se merecen: con una carencia absoluta de piedad.

 

Pero la realidad es que una mujer presuntamente maltratada está más protegida que un menor del que se ha abusado con certeza. Y esto me molesta profundamente. No ya como jurista, sino como mujer. Podría dar muchas razones, muchas, pero me contentaré con ilustrarlo con un ejemplo real, que puede ser contrastado por cualquiera que tenga amigos o parientes que sea funcionarios en un juzgado de ámbito penal. En los procesos de abusos de menores, sobre todo por debajo de los diez años, jamás, y lo digo con contundencia porque es así, se verá a un menor fingir sus daños. Ni siquiera se retractará de sus heridas. Las mostrará una a una, gracias al trabajo de expertos, que se las tendrán que arrancar de las fuertes garras del dolor y la vergüenza más profundos. De la otra parte, es muy frecuente ver a mujeres en Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que lloran desconsoladas retractándose de su denuncia porque, palabras textuales, “no quieren que les pase nada a su pareja”. En mi corta vida, no he presenciado nunca nada más humillante como mujer, que estas escenas. Mujeres que, reconociendo que son maltratadas, después de dar el valeroso paso de tomar las riendas de su integridad física y moral, se niegan a continuar con la acusación. Y, como su palabra es ley, nada pueden hacer los fiscales si no están dispuestas a ratificarlas en sede judicial. El asunto se archiva, el sujeto sale del calabozo y aquí no ha pasado nada. Pero sí que pasa. Muchas veces no a ellas, pero dentro de este mundo, este paso atrás tiene consecuencias mortales para otras mujeres. Mujeres valientes que no se retractan, que defienden su libertad como personas y aprietan los dientes en la cara del miedo. Mujeres que, debido al aluvión de denuncias, no cuentan con una protección efectiva, porque no hay para todas. Ni siquiera en tiempos de bonanza se podrían satisfacer las demandas de protección de este tipo. Y, por desgracia, la cobardía y negligencia de otras mujeres, les cuesta su vida.

 

Por eso, por todas ellas, me indigna tanto la polémica de la ley de violencia de género, que, puestos a hablar con propiedad, se llama “Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género”. Un nombre que no se usa completo, y se hace bien, porque esas medidas de protección que tan bien quedan en el título, son escasas, ineficientes y ridículas en la vida real. ¿Quieren que sean eficientes? Sancionen a la mujer que se retracta de la denuncia realizada. Ya está bien de complacer a las asociaciones de mujeres, que sólo se encargan de lavar cerebros para que estén tan vacíos como los suyos con propaganda feminista hueca e inservible. Las denuncias falsas en todos los demás delitos son castigadas. Éste no debe ser diferente. De esta manera, ahorremos trabajo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que podrán tener más efectivos dedicados a  para proteger a quien realmente lo necesita. También irán mucho más rápidos los Juzgados de Violencia de Género, que no tendrán que dedicarse a tramitar expedientes destinados a archivarse, y podrán sacar adelante los expedientes con razón de ser. Puestos a reformar, vuelvo a incidir en que no es el proceso más adecuado para pisotear los principios fundamentales del Derecho Penal. Un ajuste de los mismos, vale, pero su anulación no procede. Y, por último, como soñar es gratis, sería de justicia que se incluyeran los casos de violencia homosexual. Porque digo yo que si el fundamento es la violencia entre parejas, será lo mismo si se produce entre mujer y hombre, entre hombres, o entre mujeres. Si el objetivo es luchar contra un tipo de violencia que pone a uno de los sujetos en una situación de indefensión especial por la relación que tiene con su agresor, apliquémoslo sin excepciones. De lo contrario, caemos en la conducta fácil de hacer lo que quieren las masas y no lo que es justo.

 

A modo de cierre de esta entrada, sin que sirva de precedente y debido al delicado tema que he abordado en la misma, no quiero zanjarlo sin hacer ciertas puntualizaciones:

1.- Las víctimas reales de violencia de género tienen todo mi respeto y apoyo en la difícil situación que les ha tocado vivir.

2.- Que el delito de violencia de género no sea el más grave de todos los que existen es mi criterio personal. Hay que partir de que las penas y medidas que se imponen en Derecho se establecen en base a un peculiar ranking de gravedad de los delitos y, por tanto, sólo he expresado mi opinión en este aspecto conjugando fundamentos jurídicos con otros puramente subjetivos.

3.- La anterior afirmación no conlleva en absoluto que dicho delito no me parezca grave. Lo es, como todas aquellas conductas que están tipificadas como tal, y por eso merece una protección eficaz dentro de los parámetros acordes con su naturaleza.

4.- Mi postura en contra de la pasividad hacia ciertas asociaciones de víctimas de este tipo de violencia no es extrapolable a todas. Es cuestión de cada uno hacer examen de conciencia. Yo me he limitado a señalar mi sorpresa sobre el nulo partido que, a mi juicio, se ha sacado en este tema a unas declaraciones que ponían en primera plana un tema que debería ser en todo momento su motor de funcionamiento.

5.- Las críticas hacia la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género han sido realizadas conjugando los conocimientos jurídicos, la experiencia profesional en este tipo de procesos y la lógica opinión subjetiva que emana de todo ello.

6.- La anterior manifestación no quiere decir que sean las reformas más adecuadas ni las más eficaces. Son, desde mi punto de vista, un mejor punto de partida que el actual para atajar este problema, pero nada más.

7.- En todo momento, parto de que mi verdad no es la verdad absoluta, pero también de que ciertas verdades se aproximan a ésta más que otras. Por tanto, tiene tanta cabida en este mundo y exige el mismo respeto que las demás. Aquel que no esté de acuerdo tiene la opción de ejercer su derecho a la libertad de expresión en su propio espacio.
 
 
 

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